Legisladores analizan reformas al Artículo 47 Constitucional

Chilpancingo, Gro., 14 de junio de 2010.- Con el propósito de otorgar nuevas bases constitucionales a la función de fiscalización de los recursos públicos de la entidad, como un primer paso para después expedir una legislación renovada que permita tener un marco jurídico actualizado y de vanguardia para la revisión oportuna, objetiva y profesional de la cuenta pública, diputados analizan reformas al Artículo 47 de la Constitución Política del Estado.

Como parte de su labor de gestión, la diputada Lea Bustamante Orduño se reunió con el encargado de despacho de la Secretaría de Gobierno, Israel Soberanis Nogueda, y con el subsecretario de Asuntos Políticos, Jorge Vallejo González, con quienes trató la petición de la construcción del monumento del Abrazo de Acatempan, creación del maestro Enrique Corrales, oriundo de Teloloapan, quien tiene una reconocida trayectoria artística y amplio impacto internacional por sus obras.
La propuesta de los diputados Guadalupe Gómez Maganda Bermeo, Sebastián Alfonso de la Rosa Peláez, Ricardo Moreno Arcos, Lea Bustamante Orduño y Antonio Galarza Zavaleta, integrantes de la Comisión de Vigilancia y Evaluación de la Auditoria General del Estado, pretende fortalecer las facultades del Poder Legislativo en materia de control y fiscalización del gasto público, para que tenga una injerencia aún mayor dentro del proceso presupuestario.
Con la nueva disposición legislativa, se establecerían las atribuciones del Congreso del Estado para revisar, fiscalizar, aprobar o rechazar las cuentas públicas estatales. Se propone también fortalecer la capacidad del Congreso Local, para evaluar los resultados de la gestión financiera de los sujetos fiscalizables y, sobre todo, ampliar sus atribuciones para verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas de gobierno.
Según la exposición de motivos, dicha propuesta representa un avance notable ya que ubica al Guerrero a la par de los avances que en este mismo ámbito se han generado a nivel federal, pues traerá como resultado una modificación sustancial a la manera de diseñar, implementar y ejecutar las políticas públicas y los programas gubernamentales, que permitirá evaluar los resultados obtenidos con base en indicadores precisos, constatando así el grado de cumplimiento efectivo de dichos objetivos.
Se prevé también que el Congreso del Estado tenga facultades para contemplar en el Presupuesto de Egresos, erogaciones para proyectos de inversión en infraestructura cuya ejecución ocupe más de un ejercicio fiscal, estipulando expresamente que las erogaciones señaladas se incluyan en los subsecuentes Presupuestos de Egresos.
Con ello se favorece la inversión multianual bajo un esquema de mayor certidumbre que permita garantizar las partidas presupuestales necesarias para la adecuada culminación de dichos proyectos, con lo cual se establece un aliciente muy importante para impulsar la economía del Estado.
La iniciativa contempla la atribución para fiscalizar a las personas físicas o morales de derecho privado que hayan recibido recursos públicos de parte del Estado, ya que también se busca ensanchar el círculo de sujetos sometidos a control. “Se trata de que todos los sujetos públicos, y también los privados, se sometan al proceso de fiscalización, siempre y cuando sean destinatarios de recursos públicos”, detalla.
El documento en análisis, estipula que la Auditoría General del Estado, del Congreso del Estado, tendrá autonomía financiera, técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones en los términos que disponga la ley.
De igual manera, con el objeto de que la designación del titular de la Auditoría General del Estado se lleve a cabo sobre la base de la apertura, transparencia y apego a derecho, la iniciativa dispone que el Auditor sea designado por el voto de las dos terceras partes de los diputados integrantes del Congreso del Estado, y para ello se contempla la expedición de una convocatoria pública con 45 días de antelación a la expiración del encargo de quien se encuentre en funciones.
Los legisladores, establecen que para fines de revisión de la Auditoria General del Estado, y en virtud de que ninguna institución debe estar al margen de la fiscalización,  se estipula que el Congreso será el responsable de evaluar su desempeño, haciendo además expresa la obligación de rendir dos informes al año sobre el avance de la gestión financiera.
Se dispone, además, que el Auditor será nombrado por un periodo de siete años improrrogables garantizándose, además, la imposibilidad de que sea removido de su encargo, salvo por haber incurrido en las responsabilidades establecidas por la Constitución del Estado de Guerrero.
Por otro lado, con el objeto de salvaguardar los derechos adquiridos por el Auditor General al amparo de las normas constitucionales derogadas por el decreto en análisis, se estipula que el mismo deberá permanecer en su cargo hasta la conclusión del mandato para el que fue designado, y que podrá ser nombrado nuevamente por una sola ocasión, bajo los requisitos y los procedimientos vigentes al momento de su designación.
Finalmente, se estipula una norma encaminada a prorrogar temporalmente su mandato, ya que si a la conclusión del mismo el Auditor General no es nombrado nuevamente, se estipula su permanencia en funciones hasta que no se designe el nuevo titular de la Auditoría, garantizando con ello la continuidad institucional que debe tener en cuanto órgano del Estado.

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