Valida TRIFE designación de consejeros electorales

Vanessa Cuevas/API
Chilpancingo, Gro., a 31 de octubre del 2012.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, validó el día de ayer  la designación de consejeros electorales del Instituto Electoral del Estado de Guerrero (IEEG). El cual se realizó el 11 de septiembre de este año, al declarar infundados e inoperantes los agravios que expusieron 13 actores en 13 juicios para la protección de los derechos políticos electorales que promovieron ante ese cuerpo colegiado.
Con este fallo, quedaron firmes las designaciones de José Guadalupe Salgado Román, Jesús Villanueva Vega, Román Jaimes Contreras, Ramón Ramos Piedra, Jehová Méndez Olea, Alfonso Lara Muñiz y Nazarín Vargas Armenta, como consejeros propietarios del Instituto Electoral del Estado; así como los nombramientos de René Vargas Pineda, Jorge Mendoza, Francisco Fernando Ruiz, Olegario Martínez, Pedro Pablo Martínez y Marisela Reyes como consejeros suplentes, para el periodo comprendido del 16 de noviembre del 1012 al 15 de noviembre del 2016.
La confirmación de los nombramientos  de los consejeros electorales de Guerrero fue por unanimidad de los magistrados del máximo tribunal electoral del país que preside José Alejandro Luna Ramos, a través de una resolución en la que se desprende que en el procedimiento de selección y designación de los nuevos miembros del IEEG, se privilegió la experiencia y la profesionalización de los nuevos funcionarios en materia electoral.
En cuanto a la impugnación presentada en contra de Jesús Villanueva Vega, José Guadalupe Salgado Román, Marisela Reyes, Ramón Ramos Piedra, Olegario Martínez Mendoza y Pedro Pablo Martínez Ortiz por ser presuntamente inelegibles por ser servidores públicos del Tribunal Electoral del Estado y del Instituto Electoral del Estado, y no haberse separado del cargo un año antes al día de la designación, la Sala Superior del TRIFE declaró infundado el agravio, ya que los ciudadanos cuestionados como servidores públicos del Tribunal Electoral y del  Instituto Electoral estatal, “son miembros de órganos constitucionales autónomos” y ajenos a los poderes públicos.
En relación a la impugnación promovida en contra de René Vargas Pineda y Jehová Méndez Olea por tener presuntamente antecedentes de militancia activa o pública en el PRD, el primero en razón de haber sido precandidato a regidor de Acapulco en el 2008; y el segundo porque realizó aportaciones como militante del PRD y ha fungido como su representante o dirigente, la Sala Superior del TRIFE declaró infundado el agravio, en virtud de que las pruebas que presentaron los actores, son insuficientes para demostrar la causa de inelegibilidad planteada.
 En cuanto al agravio que hicieron valer 3 mujeres que participaron en el proceso de selección de consejeros porque no se tomó en cuenta la equidad de género al ser excluidas de las designaciones, éste fue desechado sobre la base de que en la convocatoria no existió ninguna norma discriminativa, y que por el contrario brindó las mismas oportunidades para todos los participantes, y que por lo tanto no fueron violentados los derechos de las actoras. (Agencia Periodística de Investigación)

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