El cobro del DAP es legal: tesorero municipal

Por Enrique Guevara Ayvar. Colaborador
Ixtapa Zihuatanejo Gro.-23 de Marzo de 2014.-“Antes, el DAP-derecho de alumbrado publico- se cobraba en porcentaje al consumo y de ello se derivaba cierta inconstitucionalidad que radicaba en decir que tipo de cobros hacer y lo que se ha definido en esta nueva ley o convenio “aseguro en entrevista el tesorero municipal .Arturo López Vergara. El funcionario municipal acepto que,” el DAP es un cobro que actualmente hace el ayuntamiento mediante convenios con la CFE  y en auxilio al ayuntamiento, cobren este derecho”.



Añadió el entrevistado que estos convenios realizados entre CFE y ayuntamiento no habían sido actualizados pero con esta nueva ley –afirmo López Vergara- hicimos un convenio de tal manera que lo que cobra el ayuntamiento es lo mismo que cobra la CFE.
Sin embargo, al hacer saber al  funcionario que aun se dan voces de inconformidad por el cobro de la tarifa de alumbrado público, el tesorero aseguro que El DAP-derecho de alumbrado público- no es ilegal porque esta estampado en la ley aunque al cobrarse el ayuntamiento entraba en parámetros federales que se rompe con la firma de convenios.
Al explicar al tesorero municipal que muchos ciudadanos rechazan el cobro por el derecho de alumbrado público, Este  dijo desconocer tales manifestaciones de rechazo y dijo que para el resulta importante conocer que tipo de empresarios son los que se manifiestan o a que tarifa ser refieren los quejosos.
Sin embargo, López Vergara acepta que ellos han detectados  que después de haber realizado un estudio tenemos en las manos los rangos de las tarifas que se tienen que cobrar como la OM, para tensión media en negocios y mediante un modulo especiales atienden –apunto- a la fecha mas de 20 contribuyentes a los que se les hace la propuesta para la tarifa OM y fuera de estos no tenemos ninguna  otra inconformidad dijo.
El entrevistado sugiere a los contribuyentes  checar sus recibos de energía eléctrica porque casi todos los usuarios nos encontramos dentro de la tarifa 1 B y 1B de alto consumo agregando que en el caso de la 1B de alto consumo pagaríamos en promedio bimestralmente cincuenta pesos   y veinte pesos en la 1B.
En caso de consumir Mil Pesos en la tarifa 1B, el pago bimestral es de 20 pesos dijo el entrevistado a quien pregunte después si los inconformes con el pago del DAP pueden tener alguna explicación, este dijo que estas inconformidades son otra cosa porque muchas veces no entendemos porque pagamos el citado impuesto  que  es por el alumbrado publico del municipio en general  indico finalmente.

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