TUMBANDO CAÑA

Juan Antelmo García Castro

¿Por quién doblan las campanas hoy 18 de marzo?

Hasta hace algunos años, con profunda emoción y patriotismo los mexicanos de pura cepa celebrábamos el 18 de marzo el Día de la Expropiación Petrolera, decretada por el presidente Lázaro Cárdenas del Río un día como hoy en 1938…La historia moderna de México registra en sus memorias que Lázaro Cárdenas tomó la valiente decisión de expropiar la industria petrolera que incluía los recursos e instalaciones existentes en el territorio nacional; pero también debo reconocer que la expropiación petrolera se llevó a cabo gracias al apoyo de todo el pueblo de México para pagar a las compañías extranjeras la expropiación de sus bienes a favor de la nación…
77 años después de esa enérgica acción y a tres meses de la elaboración de los primeros contratos de exploración y producción petrolera para inversionistas privados en México, el entorno de bajos precios internacionales del crudo, que conlleva menores ingresos a las arcas nacionales, provocó que las secretarías de Hacienda y Energía modificaran su contenido, buscando hacerlos más atractivos para los licitantes que, según la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), ascienden a 19 empresas hasta la primera semana de marzo…Para los primeros 14 contratos exploratorios en aguas superficiales o profundas, se estableció el modelo de producción compartida en que el Estado se asocia con un tercero y cada uno de los socios se lleva la proporción de su participación en especie –hidrocarburos- que comercializan por sus propias vías; sin embargo, según para proteger al dueño del recurso, que se supone es el Estado, se estableció un candado denominado mecanismo de ajuste, mismo que se determina con base en la diferencia entre lo que se invierte y lo que se obtiene por ambos socios, de manera proporcional; si el contrato establece que el Estado tendría, por ejemplo, 30% y la empresa ganadora, 70% de participación, entonces cada año se determinará cuánto del total de la producción fue utilidad operativa del contratista, quien se llevará la proporción que le corresponde sólo si es menor a 20% de la utilidad total —antes era 15%, lo que le daba menor margen de ganancia—, además de que en caso de que sea mayor a 35% de la utilidad total, se le dará 25% como máximo…En los contratos se incluye la aclaración de que el precio del barril será determinado por ambas partes con base en el precio de mercado del hidrocarburo desde que se firme el contrato, a menos que no haya un precio spot observado (acción en el que se acuerdan los precios y las cantidades de transacción de bienes o mercancías), además de que se incluyen reglas para que en este precio se reconozcan los costos de comercialización, a pesar de que este concepto debería correr por cuenta de cada uno de los socios inversionistas, puesto que en esta etapa ya no existirá la sociedad…Tales adecuaciones y “mejoras realizadas” tienen como base la práctica internacional y responden al interés del Estado mexicano de garantizar mayores inversiones, asegura sin ningún recato la Secretaría de Energía (Sener), cuando en realidad se está entregando nuevamente en bandeja de plata la explotación y usufructo de los hidrocarburos nacionales a sus antiguos propietarios, es decir, al capital privado, principalmente extranjero, por lo que hoy 18 de marzo de 2015 gracias a la tan llevada y traída, pero no menos fracasada Reforma Energética, en realidad estaremos asistiendo a los funerales de la Expropiación Petrolera (QEPD)  y por tanto no hay motivos para celebrar.

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