Clausura PROFEPA obras de rehabilitación de muelle, en hotel las brisas de Acapulco


+ Inspeccionado carecía de autorización en materia de impacto ambiental que emite SEMARNAT para tales efectos

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera parcial temporal las obras de rehabilitación y reforzamiento de las estructuras del muelle ubicado en el Club de Playa La Concha, en el Hotel Las Brisas, en el municipio de Acapulco de Juárez, Guerrero.

Inspectores de la Delegación de la  PROFEPA en la entidad encontraron que el inspeccionado no contaba con la autorización  en materia de impacto ambiental que para tales efectos emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). 
El promovente de estas obras contravino la legislación ambiental, ya que no se implementaron medidas de prevención y mitigación que evitaran el vertimiento  de desechos de la obra como cemento, madera y piedras a las aguas del Océano Pacífico, afectando con ello el lecho marino, así como la fauna marina presente como cangrejos, erizos, algas, caracoles y estrellas de mar.  Tampoco se cuenta con un estudio de distribución de la energía mareomotriz, la cual se obtiene aprovechando las mareas.
Cabe señalar que dichas obras consisten en la construcción y reforzamiento de un muelle con materiales definitivos como  piedra braza, madera, escombro, varillas, grava, cemento y alambre, entre otros.
Las obras cuentan con 104 tetrápodos de 1.40 metros de altura y 1.40 metros de ancho, construidos a base de hormigón y  colocados sobre una superficie de concreto a una distancia de 20 centímetros del espejo de agua; no se colocaron mallas geotextiles para evitar el  vertimiento algún materia de construcción al ecosistema marino, así como la suspensión de partículas en el mismo.
Con lo antes expuesto, se incumplió lo establecido en los artículos 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y 5° de su Reglamento en materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
Con base en el artículo 170 de la LGEEPA, se ordenó como medida de seguridad la clausura parcial temporal de las obras y actividades de construcción por el riesgo de daño a los recursos naturales.

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