Plantea Moisés Reyes adiciones a la Ley de Responsabilidades Administrativas y al Código Penal


El diputado Moisés Reyes Sandoval presentó una iniciativa de adición a Ley 465 de Responsabilidades Administrativas del Estado de Guerrero, para incluir la figura del ’nepotismo’ en el catálogo de faltas administrativas graves de los servidores públicos.
La propuesta del diputado de Morena plantea favorecer la contratación de personal calificado, combatiendo las actitudes irregulares de los servidores públicos que abusando de sus atribuciones o facultades, designan o intervienen en la contratación de personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios en el ente público a personas con las que tienen lazos de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado o vínculo de matrimonio o concubinato.

El legislador manifestó que es importante que no existan lagunas jurídicas para sancionar los actos de nepotismo que se practican de la antigüedad hasta nuestros días, hecho por el cual propone adicionar el Capítulo Segundo del Título Tercero de la mencionada ley, con la finalidad de prevenir y erradicar las acciones, omisiones y hechos relacionados con la corrupción, que atentan contra la debida función pública y generan perjuicio a los recursos públicos y, engeneral, a todos los elementos que conforman el Estado.
En otro punto, el legislador presentó una iniciativa de adición al Código Penal del Estado Núm. 499, para que se castigue con uno a dos años de prisión y de 100 a 300 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, a quien venda, distribuya, comercie y proporcione popotes y bolsas de plástico desechables para el acarreo de productos, venta y entrega de alimentos.
Moisés Reyes refirió que es importante definir las responsabilidades de los productores, importadores, exportadores, comerciantes, consumidores y autoridades de los diferentes niveles de gobierno, así como de los prestadores de servicios en el manejo integral de los residuos.
Esto con el propósito de prevenir la contaminación del ambiente por el manejo de materiales y residuos, así como definir los criterios a los que se sujetará su remediación; establecer medidas de control, medidas correctivas y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta ley y las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones que correspondan.

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