Funcionario de FONATUR Ixtapa-Zihuatanejo inmerso en conflicto de intereses y/o delitos federales; Protegido desde el gobierno de la cuarta transformación

*FONATUR Ixtapa desaloja ilegalmente terrenos del Ejido San José, Barrio Viejo.
Ixtapa, Zihuatanejo. Gro. 28 de junio 2020.- El Director General de FONATUR, Rogelio Jiménez Pons, estaría solapando acciones fuera de la normatividad institucional y violatorias a la burocracia Federal y quizás constitutivas de delitos punibles en la persona de Rogelio Suazo Ortíz, Gerente de Gestión Institucional e Internacional, (puesto que debiera asentarse en la Ciudad de México, en oficinas centrales de FONATUR, y no en el CIP Ixtapa) quien se mantiene impune debido a un probable compadrazgo y sobreprotección que se sabe lo liga con directivos de las oficinas centrales en la Ciudad de México, entre los que se mencionan a David Arturo Zorrilla Cossío, subdirector regional y Alejandro Varela Arellano, director Jurídico, y probablemente con el director general, Rogelio Jiménez Pons quien es del equipo político del Presidente Andrés Manuel López Obrador. 

Una de las acciones recientes de Suazo Ortíz, presumiblemente de consistencia turbia e ilegal, fue la de ordenar un desalojo -supuestamente a nombre del Director General de FONATUR, Rogelio Jiménez Pons- y la destrucción de una palapa de palma que se ubica en la playa y terrenos de la Barra de “Barrio Viejo”, Ejido de San José Ixtapa, Guerrero.La palapa que pertenece al ejido “Barrio Viejo”colinda con terrenos de FONATUR Ixtapa y con terrenos del Desarrollo Turístico Sea Mounth. Sin embargo, a pesar de no formar parte del patrimonio de FONATUR, éste ordenó su desmantelamiento, mediante la orden de campo, en papel membretado oficial con número 49 de fecha 30 de diciembre de 2019, emitida y firmada por el ingeniero Juan Carlos Olea Sotelo, en la cual se lee lo siguiente: “Por instrucciones de la Dirección General de FONATUR se indica a FONATUR Infraestructura realizar los trabajos de retiro de cabaña ubicada (invasión) dentro de la zona marítima federal a cargo del Fondo. Para realizar esta actividad se contará con el apoyo de la Policía Estatal y/o la Guardia Nacional”. Cabe decir, que a pesar de no ser una orden judicial, ni estar firmada por autoridad competente, dicha orden indebidamente se ejecutó con el apoyo de la Policía Estatal, quienes hicieron acto de presencia a bordo de la patrulla 0258, hecho que constituye un delito, ya que, se está ante una usurpación de funciones del Poder Judicial, quien es el único que puede ordenar un desalojo de esa magnitud.
El espacio desalojado quees de propiedad ejidal, está en litigio y como ya se ha mencionado, es colindante por un lado con terrenos propiedad de FONATUR y por otro costado con lotes de alta plusvalía en venta de la Inmobiliaria Desarrollo Turístico Sea Mounth “Isla Ixtapa”. Por ello, dicho terreno contaba con lonas explicativassobre el pleito judicial y se citaba en dichas lonas el número telefónico 2229 3228 04 para cualquier aclaración, así lo expuso el abogado Jorge Sandoval Melo, quien al ser cuestionado informó que el conflicto se está ventilando en la Ciudad de México, en el Juzgado 24 de lo Civil, Secretaría B, Expediente 12000/2019.Por ello, no debió haberse realizado ningún acto de desalojo hasta en tanto no se haya dirimido el conflicto en la vía judicial. Sin embargo, a pesar de ser ilegal el desalojo, éste se realizó, y previo a realizarse, se tiene constancia que las lonas informativas abruptamente fueron retiradas -por orden de SuazoOrtíz- quien utilizó personal de una empresa de Seguridad privada que originalmente fue contratada por FONATUR. 
Cabe decir, que Arturo Zorrilla y Alejandro Varela obligadamente tendrían que haber estado enterados de una disposición de desalojo de tal magnitud ordenada por su Director General, Jiménez Pons. Ya que, en caso contrario, no solo se trataría de una actuación ilegal, si no también unilateral de parte de Suazo Ortíz,al reclamara nombre de Jiménez Ponsun terreno ajeno al patrimonio de FONATUR. También, se tiene conocimiento, que a pesar del ilegal actuar de parte de FONATUR, los ejidatarios de Barrio Viejo, al enterarse de la destrucción de su palapa, se citaron para reconstruirla y vigilarla contra una muy probable futura “invasión de FONATUR”.Así también, según la versión difundida entre los ejidatarios de barrio viejo, la verdadera razón de la destrucción de su palapa es porque los lotes en venta del Desarrollo Turístico Sea Mounth no tienen salida a la playa y de manera delincuencial intentaron apropiarse de esa parte del Ejido, apoyados por el Gerente de Gestión Institucional e Internacional de FONATUR, Rogelio Suazo Ortíz, quien actúa supuestamente bajo órdenes del Director General de FONATURRogelio Jiménez Pons.  
Es importante mencionar, que en el desarrollo de la investigación periodística se encontró en las inmediaciones de FONATUR un tráiler-oficina donde se ofertaba una preventa de lotes de terrenos de alta plusvalía, se sabría después que presumiblemente dicho tráiler-oficina sería propiedad de Rogelio Suazo Ortíz y socios desarrolladores, ya que lo guardaba en las instalaciones de FONATUR Ixtapa, sin tenerse conocimiento que el remolque fuera propiedad del gobierno federal, sino de particulares.
Las dudas razonables son: ¿Por qué SuazoOrtíz está interesado en un acceso a la playa para los compradores de lotes particulares colindantes con el CIP Ixtapa?¿Por qué ordenó utilizar personal, vehículos y herramienta de FONATUR Infraestructura con la autorización y bajo el mando del ingeniero Luis Ayala Torres para ilícitas actividades privadas?¿Con cuál argumento SuazoOrtíz, Gerente de gestión institucional e internacional de FONATUR, persuadió y logró que personal oficial hiciera ese reclamo arbitrario y desalojo ilegal en un terreno ajeno a FONATUR?¿Por qué la oficina-remolque de preventa de lotes la guardó varias semanas en las instalaciones de FONATUR?Presumiblemente se conforma un grave conflicto de intereses y desvío de recursos federales, asociación delictuosa, tráfico de influencias, entre otros. Y la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Guerrero, tendría que aclarar por qué a través de su Dirección Operativa ordenó a patrullas (como la 0258) resguardar el desalojo y destrucción de palapa e intimidar a ejidatarios durante su ilegal desalojo.






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