Declaran improcedente la reforma al código civil del estado relativa a los matrimonios igualitarios

Chilpancingo, Gro., a 27 de octubre del 2020.- Diputadas y diputados aprobaron el dictamen de no procedencia de reformas y adiciones al Código Civil del Estado de Guerrero en relación con el “matrimonio igualitario”, por considerar que la institución del matrimonio ha quedado establecida en dicho Código como la regulación jurídica de la unión en parejas de heterosexuales, por su especial y propia naturaleza, perteneciendo a su propia esfera y condición.

Al dar lectura a la fundamentación del dictamen a nombre de la Comisión de Justicia, el diputado Omar Jalil Flores Majul resaltó que una vez recibida la propuesta que presentó el diputado Moisés reyes Sandoval, se realizaron diversas consultas para recibir opiniones sobre el tema, donde participaron de forma abierta, pública y libre, expresiones, grupos y personas que se manifestaron en torno al asunto. 

El legislador puntualizó que para la Comisión es fundamental ejercer la práctica, impulso y defensa de los derechos humanos universales, hecho por el cual, en el análisis de la iniciativa, se acordó reconocer el matrimonio establecido en el Código Civil del estado como la Institución que técnica, sociológica y jurídicamente, entre otras materias, regula los derechos y obligaciones de la unión y la vida en pareja de heterosexuales.

“Esta Comisión aboga por la defensa de la institución del matrimonio contemplada en el Código Civil vigente, y en cuya aplicación se han legitimado durante la vigencia del mismo múltiples matrimonios entre heterosexuales, adquiriendo fuerza y vigor en su legitimidad, y cuya institución posee derechos adquiridos en su pleno ejercicio. Además de que existe la garantía constitucional y derecho fundado en el artículo 14 de la Carta Magna, que dispone que a ninguna Ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”, expuso el legislador.

Agregó que también se comparte y reconoce el ampliar y no restringir los derechos de la persona a partir de sus orientaciones sexuales. Por ello, dijo que no se puede negar o restringir a nadie un derecho con base a su orientación sexual, ni disminuirlos por esta razón a las personas heterosexuales, por lo cual deben ser protegidos y salvaguardados en la institución del matrimonio.

En el dictamen también se refiere que la Comisión reconoce los derechos legítimos y humanos de las personas homosexuales a establecer una unión legítima de carácter contractual, que otorgue derechos y obligaciones para vivir en pareja, y como efecto impacte en normas y acciones colaterales, pero no como un matrimonio, que es como se ha dicho, la institución evolucionada social y jurídicamente de parejas heterosexuales. 

De esta manera, se aprobó por mayoría de votos el dictamen que desecha la iniciativa para reformar y adicionar los artículos 351, fracción V, 412, 430, 435 y 436 del Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero número 358, por considerar que la institución del matrimonio ha quedado establecida en el Código señalado como la regulación jurídica de la unión en parejas de heterosexuales, por su especial y propia naturaleza, perteneciendo a su propia esfera y condición.

Al razonar su voto en contra del dictamen, el diputado promovente, Moisés Reyes Sandoval, lamentó que en pleno siglo XXI aún se nieguen garantías y respeto a los derechos humanos de este sector de la población.

Señaló que las nuevas generaciones exigen garantizar el matrimonio igualitario y conminó a sus homólogos de otras fracciones parlamentarias y representaciones a apegarse a sus principios básicos y seguir el ejemplo de otros estados que ya han aprobado reformas a su Código Civil en la materia.

Intervinieron en relación con el dictamen, la diputada Guadalupe González Suástegui (PAN) y el diputado Aristóteles Tito Arroyo (Morena)

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