CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LA O EL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DE LA COMISIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE GUERRERO.


La Sexagésima Segunda Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, convoca a las instituciones de educación debidamente acreditadas, a las organizaciones de la sociedad civil del Estado, y a todas las y los ciudadanos profesionistas en Contaduría Pública, Economía, Derecho, Administración u otra área afín a la gestión y control de recursos públicos interesados en participar en el proceso de selección y designación del Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero, conforme a las siguientes:


BASES:

DEL ÓRGANO RESPONSABLE DE CONDUCIR EL PROCESO


PRIMERA.- Las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, con la participación de la Mesa Directiva y la Junta de Coordinación Política, serán los órganos encargados de conducir el procedimiento de selección y designación del Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero. 


La Presidencia de la Mesa Directiva recibirá las solicitudes y documentos de registro de los aspirantes. 


Las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, deberán integrar  los expedientes individuales, verificar el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, expedir el dictamen correspondiente, emitir las notificaciones respectivas, aplicar el procedimiento de evaluación a través de la Auditoria Superior del Estado, recibir las comparecencias de los aspirantes que cumplan con los requisitos y elaborar el dictamen correspondiente que contenga la lista de candidatos aptos para ser votados por el Congreso, y que se hará llegar a la Junta de Coordinación Política para que esta proponga al Pleno del H. Congreso la propuesta del nombre del candidato a Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero. 


Las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, podrán solicitar, en cualquier momento, información o documentos adicionales, tanto a los aspirantes como a las autoridades que correspondan, con el objeto de autentificar o aclarar el contenido de los documentos aportados a los expedientes individuales. 


En caso de estricta necesidad la Junta de Coordinación Política, podrá modificar los plazos contenidos en la presente convocatoria.


Para el cumplimiento de funciones y atribuciones vinculadas a este proceso la Junta de Coordinación Política podrá designar al personal técnico del H. Congreso del Estado que estime pertinentes.


Quienes concurran a la presente convocatoria podrán aspirar a ocupar el cargo consistente en el Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero, para un periodo de 4 años contados a partir del día siguiente de su nombramiento.


DEL REGISTRO DE ASPIRANTES


SEGUNDA.- El registro de aspirantes se llevará a cabo por la Presidencia de la Mesa Directiva del día 17 al 26 de marzo de 2021, en días hábiles, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en las oficinas ubicadas en el Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado de Guerrero, Boulevard Vicente Guerrero, Trébol Sur, Sentimientos de la Nación S/N,  Colonia Villa Moderna, C.P. 39075, en Chilpancingo de los Bravo, Guerrero. Los expedientes serán turnados a las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado a través de sus respectivas presidencias.


DE LOS REQUISITOS


TERCERA.- De conformidad con lo dispuesto por el artículo 111 de la Constitución Política del Estado de Guerrero y 23 de la Ley Número 696 de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero aplicado de manera análoga, para poder ser designado como Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado, las y los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:


I. Ser ciudadano mexicano además de estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; 

II. Estar inscrito en el registro Federal de Electores y contar con Credencial para Votar vigente; 

III. Tener más de treinta años de edad al día de la designación; 

IV. Contar al día de su designación, con antigüedad mínima de cinco años, con título y cédula profesional en Contaduría Pública, Economía, Derecho, Administración u otra área afín a la gestión y control de recursos públicos, expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello; 

V. Contar al momento de su designación con experiencia profesional comprobable de al menos cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos; 

VI. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte la buena fama en el concepto público, ello lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena; 

VII. No haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación; 

VIII. No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local; 

IX. No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal o municipal en algún partido político en los últimos cuatro años anteriores a la designación; 

X. No ser secretario de Estado, ni Fiscal General de la República o de alguna Entidad Federativa, subsecretario u oficial mayor en la Administración Pública Federal o estatal, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Gobernador, Secretario de Gobierno o cargos similares u homólogos en cuanto a la estructura de cada una de las entidades federativas, ni ser Presidente municipal, Síndico o Regidor o titular de dependencia de los ayuntamientos, a menos que se separe de su encargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento; 

XI. No ser consejero electoral de cualquiera de los consejos del Instituto, salvo que se haya separado del cargo tres años antes del día de la designación; 

XII. No pertenecer o haber pertenecido en los cuatro años anteriores a su designación a despachos de consultoría o auditoría que hubieren prestado sus servicios al Instituto o a algún partido político; 

XIII. No desempeñar ni haber desempeñado el cargo de representante de partido político ante cualquier organismo electoral en los últimos cuatro años anteriores al de su designación; y 

XIV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de culto religioso, durante los últimos cuatro años anteriores a su designación. 


DE LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA


CUARTA.- Los aspirantes deberán entregar personalmente los documentos por duplicado y en medio digital  siguientes:


a). Copia certificada del acta de nacimiento.


b). Copia simple de la credencial para votar con fotografía.


c). Constancia de estar inscrito en el Padrón Electoral del Estado de Guerrero, expedida por el Registro Federal de Electores.


d). Copia Certificada del Título y Cédula Profesional.


e). Constancia de no antecedentes penales expedida por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Guerrero (original con al menos 3 meses de antigüedad).


f). Declaratoria bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en los supuestos previstos en las fracciones VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII y XIV de la base tercera de la presente convocatoria. El formato respectivo será expedido al momento del registro;


g). Escrito de anuencia del aspirante donde manifieste someterse a los términos, bases, condiciones y procedimientos a los que se refiere la convocatoria. El formato respectivo será expedido al momento del registro;


h). Declaratoria de intereses; 


i). Curriculum Vitae que contenga soporte documental y firma autógrafa.


j). 4 fotografías a color tamaño credencial.


k). Carta de intención, y


l). Plan de Trabajo


En su caso, la Presidencia de la Mesa Directiva a través del personal técnico que designe, ordenará el cotejo de la documentación con los originales respectivos. 


La entrega y presentación de documentos no prejuzga sobre el cumplimiento de los requisitos. 


En cualquier momento, la Junta de Coordinación Política podrá solicitar a las candidatas y a los Candidatos la presentación de los documentos originales o de las copias certificadas, en su caso, para cotejo y revisión. 


Ante la falta de algún documento referido en la presente convocatoria o su presentación fuera del tiempo y/o en forma distinta a las exigidas en las Bases que anteceden, se tendrá por no presentada la solicitud.


DE LA PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE ASPIRANTES QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS


QUINTA.- Recibidas las solicitudes de registro y la documentación comprobatoria a que hace referencia esta convocatoria, la Presidenta de la Mesa Directiva, turnará los expedientes de manera digital a las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, mismas que se encargarán de realizar la revisión correspondiente a efecto de determinar aquellos aspirantes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cargo, elaborarán un acuerdo que deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero, y en la página web del Congreso del Estado, y contendrá lo siguiente: 


I. El listado con los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos por la Constitución y las leyes correspondientes; 


II. El plazo con que cuenta los aspirantes, cuya solicitud haya sido desechada, para recoger su documentación y fecha límite para ello, y 


III. El día y hora en donde tendrán verificativo las comparecencias ante las Comisiones Unidas de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales; y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, de los aspirantes que hayan cumplido con los requisitos exigidos, a efecto de garantizar su garantía de audiencia y conocer su interés y razones respecto a su posible designación en el cargo. 


SEXTA. COMPARECENCIA DE LAS Y LOS CANDIDATOS. Las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, a través de sus Presidencias o quien estas designen, comunicará a las y los aspirantes, fecha y hora para la comparecencia y exposición de su plan de trabajo, misma que podrá ser de manera virtual o presencial, conforme lo señala la fracción III del artículo 116 TER de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero número 231, sujetándose al procedimiento siguiente:


1. En los días establecidos conforme a la lista de candidatas y candidatos que cumplieron con los requisitos y en términos del calendario aprobado por las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, la Presidenta de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción o en su defecto el de la Comisión de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, instalará la reunión de trabajo a la que podrán asistir los diputados que deseen hacerlo; 

2. Las y los candidatos a los que les corresponda comparecer en las fechas señaladas, deberán estar presentes en el recinto oficial del H. Congreso del Estado, 30 minutos antes de la hora señalada para su comparecencia o, en su caso, en la sesión virtual en la  hora que oportunamente se señale. Para el caso de reunión presencial serán llamados a la Sala Legislativa que se designe, en el orden en que fueron registrados. Ninguna de las o los candidatos podrá estar presente en cualquiera de las otras comparecencias que se realicen;

3. Las comparecencias, en cumplimiento a la garantía de audiencia, se dividirán en dos partes: una primera parte expositiva, en la que la o el candidato contará con el tiempo de hasta 15 minutos para dar a conocer su interés y razones respecto a su posible designación en el cargo y presentar su propuesta de Plan de Trabajo, pudiendo hacer uso de los materiales que le resulten necesarios; y una segunda parte para comentarios, observaciones y preguntas y respuestas;

4. Al término de la exposición, se elaborará una lista de la o los diputados que deseen hacer una primera intervención, otorgando la palabra a cada uno de ellos para hacer las preguntas o emitir las observaciones y/o comentarios que consideren pertinentes;

5. La o el candidato, al término de las intervenciones de la y/o los diputados, dará respuesta a las preguntas formuladas de manera muy concisa. En su caso, y de ser estrictamente prudente, se podrá abrir una segunda ronda de intervenciones, conforme al procedimiento anteriormente descrito; 

6. Al término de las comparecencias programadas, la Presidenta dará por concluidos los trabajos y clausurará la reunión; 

7. Cualquier aspecto no previsto en el presente procedimiento, será resuelto por acuerdo de las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado. 


DE LA PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN

DE LAS PROPUESTAS


SÉPTIMA.- En base al resultado, las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, formularán el dictamen que contenga la lista de candidatos aptos para ser votados por el Congreso, y que se hará llegar a la Junta de Coordinación Política, la que con el más amplio consenso posible presentará al Pleno del Congreso del Estado la propuesta del nombre de la o el candidato con la finalidad de que éste proceda a la designación por el voto de las dos terceras partes de los integrantes, del Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero.


OCTAVA.- En la sesión correspondiente se dará a conocer al Pleno la propuesta a que se refiere la base anterior, y se procederá a su discusión y votación de quien debe ser electo como Titular del órgano Interno de Control, quien será designado por las dos terceras partes de sus integrantes, conforme a lo que dispone el artículo 61 fracción XLIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero.


DE LA TOMA DE PROTESTA


NOVENA.- La o el profesionista que resulte electo como Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero, deberá rendir protesta ante el Pleno de la Legislatura Local, de manera inmediata.


DE LA TOMA DE POSESIÓN


DÉCIMA.- La o el Titular del Órgano Interno de Control electo tomará posesión del cargo en la misma  fecha que tome protesta.


DE LAS DISPOSICIONES GENERALES


DÉCIMA PRIMERA.- La Legislatura Local, la Junta de Coordinación Política,  las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado, deberán guardar la secrecía y confidencialidad en el proceso de selección del Titular del Órgano Interno de Control de la Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero conforme lo disponen las leyes de la materia.


DÉCIMA SEGUNDA.- Los resultados emitidos por la Legislatura, la Junta de Coordinación Política y las Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción y de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado no serán recurribles por los aspirantes.


DÉCIMA TERCERA.- La Legislatura, por conducto de la Junta de Coordinación Política, podrá modificar los plazos contenidos en la presente convocatoria.


DE LOS CASOS NO PREVISTOS


DÉCIMA CUARTA- Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Junta de Coordinación Política de la Legislatura del Congreso del Estado.



Chilpancingo de los Bravo, Guerrero a 16 de marzo de 2021


A T E N T A M E N T E




DIP. EUNICE MONZÓN GARCÍA

PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA




DIP. CELESTE MORA EGUILUZ 

SECRETARIA DIP. DIMNA GUADALUPE SALGADO APÁTIGA

SECRETARIA


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