Propone Ministro de SCJN despenalización de aborto

*Esta sería la primera vez que la Corte declara inconstitucional la penalización del aborto.

Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia propuso a sus colegas declarar que las mujeres mexicanas tienen el derecho Constitucional a decidir la interrupción del embarazo en su etapa inicial, y, por tanto, son inconstitucionales las leyes que penalizan el aborto voluntario de manera absoluta.

La Corte publicó hoy el proyecto del Ministro Luis María Aguilar, que el Pleno discutirá el 6 de septiembre, y que propone anular el artículo 196 del Código Penal de Coahuila impugnado por la PGR en 2017, que sanciona con uno a tres años de cárcel a las mujeres que abortan intencionalmente en cualquier etapa del embarazo.

De ser aprobado el proyecto por mayoría de ocho votos, como es muy probable, los argumentos contenidos en esta sentencia serán obligatorios para todos los jueces del país que conozcan de estos casos, tornando inoperante en la práctica la sanción penal al aborto.

Esta sería la primera vez que la Corte declara inconstitucional la penalización del aborto, pues por razones técnicas, en casos previos no ha podido llegar a una sentencia de fondo sobre el tema.

En 2008, por ocho votos contra tres, el Pleno avaló la despenalización del aborto en la Ciudad de México en las primeras doce semanas de gestación, y el proyecto de Aguilar parte de esta base para concluir que las mujeres de todo el país deben gozar del mismo derecho.

Además del derecho a decidir, Aguilar indica que la penalización atenta contra los derechos a la igualdad de genero y a la salud.

Sobre el derecho a la salud, enfatiza los niveles de pobreza, marginación y falta de acceso a servicios médicos en el País, e insiste en que la interrupción del embarazo debe contar con infraestructura accesible, asequible, aceptable y de calidad.

La Corte rechazaría que el embrión o el feto sea titular de derechos humanos, pero no haría un pronunciamiento sobre el momento en el que inicia la vida humana, pues desde 2008, consideró que era un tema sobre el que existen múltiples opiniones y criterios científicos, filosóficos y religiosos que no corresponde al tribunal aclarar.

’El embrión o el feto tiene un valor inherente de la mayor relevancia por su propio peso en tanto constituye la posibilidad del nacimiento de un ser humano, por lo que ciertamente existe un interés fundamental en su preservación y desarrollo. Si bien queda claro que el embrión o feto no es titular de derechos humanos, el interés en brindar un espectro de protección se ciñe a la propia expectativa que por definición constituye’, explica.

Agrega que, conforme avanza el embarazo, se incrementa la posibilidad de que el feto tenga vida independiente de su madre, por lo que el ámbito de protección al no nacido también debe irse incrementando

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