Revocación de mandato: volver al futuro triunfador de AMLO

 En la semana pasada vi por diferentes frecuencias de TV sendos debates acerca del futuro y de las reglas, ya por todos conocidas, que regirán la revocación de mandato sobre la permanencia de AMLO en el ejercicio de la presidencia de la república.

Las tendencias, aun cuando faltan meses para que se realice ese ejercicio, es que el presidente López Obrador tendrá un alto porcentaje de aprobación para que continué al frente del poder Ejecutivo. Y todavía más, la votación puede alcanzar más del 40% y, además de mantener en el cargo al tabasqueño, convertirlo en vinculante.

Las reglas son claras. Los partidos, organizaciones y simpatizante podrán realizar acciones de proselitismo directo. Pero es exclusiva facultad del INE hacerlo a través de los medios de comunicación.

En esta ocasión, a diferencia del fracaso numérico que fue la consulta sobre el enjuiciamiento a las ex presidentes, se observa que las huestes de Mario Delgado están, ahora sí, atentas para realizar el proselitismo que se les está permitido.

No se ve así el activismo en otros partidos.

No faltan los ’escépticos’ de siempre que ven moros con tranchete en todos lados y habla por todos los mexicanos como si fueran los representantes de nosotros.

Un ejemplo de un portal llamado El Mostrador que afirma que AMLO, con la revocación de mandato nos quiere dar gato por liebre’.

Hay consideraciones críticas mejor sustentadas y sin tanto maniqueísmo Como la del politólogo Doctor Camacho Vargas:

Será convocado por el Instituto Nacional Electoral a petición de los ciudadanos y ciudadanas, en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando en la solicitud correspondan a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas. El Instituto, dentro de los siguientes treinta días a que se reciba la solicitud, verificará el requisito establecido en el párrafo anterior y emitirá inmediatamente la convocatoria al proceso para la revocación de mandato.

Se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional. Los ciudadanos y ciudadanas podrán recabar firmas para la solicitud de revocación de mandato durante el mes previo a la fecha prevista en el párrafo anterior. El Instituto emitirá, a partir de esta fecha, los formatos y medios para la recopilación de firmas, así como los lineamientos para las actividades relacionadas.

Crónica de una victoria anunciada de AMLO y nada más de los que señala Camacho Vargas.

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