Chilpancingo, Gro., 04 de septiembre de 2024.- Diputadas y diputados de la LXIV Legislatura aprobaron un acuerdo parlamentario por el que se establecen los días y horas hábiles del Congreso del Estado.
El acuerdo suscrito por las diputadas y
diputados integrantes de la Mesa Directiva, mismo que fue aprobado por
unanimidad en la sesión ordinaria del pasado martes, precisa que tras haberse instalado
el día primero de septiembre de este año la LXIV Legislatura, es necesario establecer
los días y horas hábiles para conocer,
resolver y, en su caso, aprobar, ratificar o emitir resoluciones de su
competencia.
Agrega que para
armonizar y homologar los plazos y términos del Poder Legislativo, deben ser
considerados como días hábiles para efectos de cómputo y días de suspensión de
labores de la LXIV Legislatura, además de los sábados y domingos, los
establecidos en la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Trabajo de los
Servidores Públicos del Estado, durante los cuales no correrán los plazos y
términos legales, con excepción de los días útiles en los cuales las leyes de
la materia establezcan fecha límite, o aquellos en que el Pleno o la Comisión
Permanente celebre sesiones.
También, que para la
recepción de documentación en la Oficialía de Partes del
Congreso del Estado, se establecen como horas hábiles de las 09:00 a las 15:00
horas, con excepción de casos de urgencia y atención preferente, o cuando lo
determine la Presidencia de la Mesa Directiva o la Junta de Coordinación
Política.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario