Aprueban la Ley de Reconocimiento y Derechos de las Personas de la Comunidad LGBTTTIQ+ del Estado de Guerrero

Chilpancingo, Gro., 14 de mayo de 2025.- Diputadas y diputados integrantes de la LXIV Legislatura aprobaron la Ley de Reconocimiento y Derechos de las Personas de la Comunidad LGBTTTIQ+ del Estado de Guerrero, para garantizar el derecho y reconocimiento de la diversidad sexual y de género.

De acuerdo al dictamen, derivado de una propuesta del Grupo Parlamentario de Morena, con este nuevo ordenamiento se reconocen los derechos humanos de las personas que forman parte de comunidades sexo genérica LGBTTTIQ+, atendiendo a lo establecido a la Constitución Política del Estado de Guerrero y en concordancia con lo que señala la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, que promueve la igualdad y la no discriminación, para todas las personas.

Con esta Ley se establece el derecho a definir, adoptar y manifestar libremente su orientación sexual, identidad y expresión de género y características sexuales como elementos esenciales de su autonomía personal y del libre desarrollo de la personalidad; así como a ser tratadas, nombradas e identificadas conforme a dicha identidad en todos los actos, registros y documentos oficiales que acrediten su nombre, sexo, género o imagen con la que se autoperciban.

Asimismo, las personas de la comunidad LGBTTTIQ+, con identidades y expresiones de género diversas gozarán de todos los derechos reconocidos por el orden jurídico del estado y el federal, así como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, sin ninguna distinción y libres de estigmas, prejuicios, estereotipos o actos de discriminación, a fin de garantizar la igualdad de condiciones y oportunidades con el resto de la población.

Además, que son obligaciones de los Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, ayuntamientos, sindicatos y partidos políticos del estado, en el ámbito de sus respectivas atribuciones y competencias, respetar, proteger, garantizar y promover los derechos de las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas.

También, se establece que toda persona al ser mayor de edad, podrá solicitar ante la autoridad administrativa de la Coordinación Técnica del Sistema Estatal del Registro Civil, la rectificación de los datos relativos a su nombre, sexo o género, cuando estos no correspondan con su identidad de género autopercibida y que en ningún caso será requisito acreditar intervenciones quirúrgicas de reasignación genital, totales o parciales, ni someterse a tratamientos hormonales, psicológicos o médicos de ningún tipo, ni podrá condicionarse la solicitud a modificaciones en el estado civil, ni a la renuncia, limitación o pérdida de derechos parentales respecto de hijas o hijos.

El dictamen fue fundamentado por la diputada Luissana Ramos Pineda, vocal de la Comisión de Justicia.


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