Chilpancingo, Gro., 28 de octubre de 2026.- Para conocer si las Unidades Básicas de Rehabilitación (UBR) presentan un adecuado funcionamiento, el Congreso del Estado exhortó a las autoridades de los 85 municipios a que envíen un informe detallado sobre la situación operativa, infraestructura, equipamiento, recursos humanos, servicios que prestan, población atendida y necesidades prioritarias de estos centros.
Al presentar el acuerdo parlamentario, la diputada Leticia Rodríguez Armenta (Morena) aseguró que las UBR representan una alternativa fundamental para acercar los servicios de rehabilitación a la población que los requiere, mediante acciones de orientación terapéutica, aplicación y seguimiento de tratamientos, promoción de la salud y canalización a instituciones especializadas cuando la naturaleza de cada caso así lo amerita.
Ante ello, consideró indispensable conocer las condiciones en que las mismas operan, para identificar las necesidades que enfrentan y sus áreas de oportunidad, en busca de fortalecer su funcionamiento, particularmente en las comunidades rurales, localidades de difícil acceso y zonas con mayores condiciones de vulnerabilidad social y económica.
La legisladora subrayó que la discapacidad debe abordarse desde una perspectiva de derechos humanos, inclusión, igualdad y no discriminación, reconociendo que todas las personas tienen derecho a acceder a servicios de salud, habilitación y rehabilitación, contribuyendo con ello a mejorar su calidad de vida, favorecer su autonomía y promover su participación plena y efectiva en la sociedad.
Respecto a los municipios que no cuentan con una UBR, el Poder Legislativo solicita informar expresamente dicha circunstancia, así como las acciones, gestiones o previsiones que, en su caso, se contemplen para acercar los servicios de rehabilitación a las personas con discapacidad de su demarcación territorial.
Además, se pide que la información sea remitida dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación del acuerdo, para que la comisión legislativa de Atención a las Personas con Discapacidad realice un diagnóstico estatal sobre las condiciones de estos centros, y en el ámbito de sus atribuciones realice las acciones conducentes para el cumplimiento de los programas de prestación de servicios, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley para las Personas con Discapacidad del Estado de Guerrero.

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