Imparten taller a funcionarios públicos municipales sobre delitos electorales

Funcionarios del ayuntamiento de este puerto recibieron el taller denominado Blindaje Electoral para Servidores Públicos Municipales a fin de instruirlos sobre las actividades que podrían provocar el nacimiento de un delito electoral en el marco del proceso federal para renovar el Congreso de la Unión.
El taller fue impartido por Arturo Gutiérrez Zamora, asesor del H. Congreso del Estado de Guerrero, quien dio a conocer a regidores, funcionarios y empleados sus derechos y obligaciones que les concede la Ley Electoral, así como las actividades que tienen prohibidas durante el periodo de campaña y la etapa de la jornada comicial.
La cita fue en el auditorio de usos múltiples del Instituto Tecnológico de Zihuatanejo y fue el secretario general de la comuna, Juan Manuel Álvarez Barajas, quien encabezó a un nutrido grupo de servidores públicos que participaron en la impartición del taller.
Gutiérrez Zamora explicó que en esta etapa del proceso electoral los servidores públicos de los tres niveles de gobierno, tienen la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, lo que implica no influir en la competencia entre partidos políticos, difundir propaganda sólo con carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.
Dijo que el nuevo Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 14 de enero de 2008, adecua el contenido normativo a la mencionada reforma constitucional, estableciendo y definiendo entre otras disposiciones, la publicidad gubernamental en tiempos de campañas electorales y un catálogo de infracciones en que las autoridades o servidores públicos pueden incurrir en el ejercicio de su puesto, cargo o comisión, durante el desarrollo de los procesos electorales.
También informó que el Cofipe califica como conductas contrarias al principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos, y por tanto, que afectan la equidad de la competencia entre los partidos políticos, las conductas siguientes llevadas a cabo en cualquier tiempo hasta el 5 de julio de 2009, inclusive, por todos los delegados federales o servidores públicos de cualquier ente público, según sea el caso:
I. Condicionar la entrega de recursos provenientes de programas públicos federales, locales o municipales.
II. Entregar o prometer recursos en dinero o en especie, dádivas o cualquier recompensa, a cambio de las mismas promesas o causas señaladas en la fracción anterior.
III. Recoger la credencial para votar con fotografía sin causa prevista por ley o amenazar con ello, a cambio de entrega o mantenimiento de bienes o servicios en general.
IV. Condicionar el otorgamiento o la administración de servicios a cambio de alguna de las conductas electorales señaladas en la fracción I de esta Norma, entre otras.
Los servidores públicos tiene derecho a ejercer sus derechos políticos como afiliarse en calidad de militantes a cualquier partido político, participar en actos de proselitismo electoral a favor de partidos y candidatos fuera de su horario de labores, realizar promoción del voto fuera de los horarios de trabajo, con medios y recursos propios.
También pueden portar propaganda electoral de partidos y candidatos en vehículos propios (no oficiales), y en su persona fuera de sus horarios y centros de trabajo, aportar recursos económicos y materiales de su propiedad (no oficiales) a favor de partidos y candidatos, en las cantidades y límites que la ley lo permita y asistir a reuniones partidistas, actos de campaña, mítines, conferencias o participar en grupos de apoyo fuera de sus días, horas y centros de trabajo.

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