Revocan nombramiento a Armando Sánchez: TEE

*** La AGE lo inhabilitó por un periodo de cuatro años comprendidos del 23 de noviembre del 2009 al 23 de noviembre del 2013
Diego Cisneros/API

Chilpancingo, Gro., a 29 de Julio del 2012.-Fernando Xochihua San Martín, magistrado de la Cuarta Sala Unitaria del Tribunal Electoral del Estado (TEE), revocó la constancia de mayoría y validez otorgada a Armando Sánchez de Jesús quien contendió por el partido del PRI a la presidencia municipal en el municipio del Alcozauca.

Este fallo derivó de los juicios de inconformidad acumulados TEE/IV/JIN/001/2012, TEE/IV/JIN/002/2012 y TEE/IV/JIN/003/2012, de los cuales los dos primeros fueron promovidos por los partidos delPRD y PMC, en contra de la declaración de ilegibilidad de Armando Sánchez de Jesús.
Los representantes legales del PRD y PMC se inconformaron por la declaración de validez de la elección, y la entrega de la constancia de mayoría a Armando Sánchez, expedidas por el Consejo Distrital Electoral 28 con cabecera en Tlapa de Comonfort, bajo el argumento de que es inelegible para ocupar el cargo de presidente municipal de Alcozauca.
Argumentaron que con base al periodo 2005-2008 el impugnado se desempeñó como presidente municipal de Alcozauca, y que la Auditoría General del Estado le instauró un procedimiento administrativo disciplinario a través del cual resolvió inhabilitarlo por un lapso de cuatro años, comprendidos del 23 de noviembre del 2009 al 23 de noviembre del 2013.
Por otra parte el juez instructor, Jaime Terán Salazar,estableció que Armando Sánchez, ofreció pruebas consistentes en escritos con fecha 2 de junio de 2011 y 10 de julio de 2012, en los que establece que entregó a la AGE la cuenta pública y el tercer informe financiero cuatrimestral para su análisis y revisión, así como la solicitud de una constancia que acredite que no se encuentra inhabilitado.
Al respecto, la Sala resolutoria estableció que existen en autos el informe enviado por el auditor general del estado, en el que señala que se radicó el procedimiento administrativo disciplinario AGE-0C-014/2009 el 28 de septiembre de 2009 y se emitió resolución definitiva, imponiéndosele como sanción la inhabilitación.
Por lo anterior, la Cuarta Sala Unitaria confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo de la elección de ayuntamiento del municipio de Alcozauca de Guerrero, efectuado por el Consejo Distrital Electoral 28 con sede en Tlapa de Comonfort.
Asimismo ordenó al Consejo Distrital que en un término de 48 horas contadas a partir de la notificación del fallo, otorgue y expida la constancia de mayoría y validez de la elección de ayuntamiento del municipio de Alcozauca a Arturo Tenorio Villavicencio, quien compitió como presidente municipal suplente, para que ejerza las funciones de alcalde durante el periodo 2012-2015. (Agencia Periodística de Investigación)

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