ENTRE LÍNEAS

Por *Noel Valenzo Rodríguez
El Fallo

Al usar el término de fallo, se refiere a la parte procesal que emite un órgano jurisdiccional mediante una  resolución judicial denominada sentencia y compuesta en tres partes los Resultandos, los Considerandos y los puntos Resolutivos, conforme a la Ley de la materia. En el pasado proceso electoral,México presenció el mayor Juicio de Inconformidad de la historia o por lo menos el mas relevante,en donde se solicitaba la nulidad de la elección y en donde la parte actora “Coalición Movimiento Progresista” integrada por los partidos PRD-PT-MC, no acredito los agravios esgrimidos en su escrito inicial y el Jueves 30 de Agosto de 2012, se dirimió esta inconformidad mediante una resolución jurisdiccional, contenida en 1,346 fojas, ajustándose a derecho y descartando en todo momento cualquier matiz político, determinó con elementos y preceptos doctrinales, principios constitucionales, razonamientos jurídicos fundados en la ley LEY GENERAL DEL SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL
, siendo estos claros, precisos y operantes al caso concreto, todos fueron esbozados por los Magistrados y vertidos en el pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, destacada participación por parte del Magistrado Salvador Olimpo Nava, que señalo referente a la declaratoria de la “Coalición Movimiento Progresista” citando al jurista italiano Norberto Bobbio; el fuego de la política solo se puede apagar con la razón del derecho, desestimando en todo momento que cualquier criterio este matizado de política, ya que se estudiaron a fondo todos y cada uno de los nueve agravios presentados el 1.- Adquisición encubierta de espacios en medios de comunicación, 2.- Contratación encubierta de propaganda, 3.-Dinero virtual de Banco Monex, 4.-Repartición de tarjetas de Soriana, 5.-Gastos excesivos de campaña, 6.-Intervención de gobiernos Federal y estatales, 7.-Compra y coacción del voto, 8.-Irregularidades durante los cómputos distritales, 9.-Financiamiento encubierto, todos plasmados en 639 fojas del escrito de la demanda inicial, anexando 49 después, se analizaron los 334 informes circunstanciados, mas 1597 fojas del 3er interesado, sobre los cuales recayeron 43 acuerdos, se analizaron minuciosamente y se tomaron en cuenta los mas de 10 mil elementos probatorios ofrecidos por la Coalición Movimiento Progresista, además de que argumento la compra de mas de 5 millones de votos, tropezando en un abismo de incongruencia, ya que la coalición encabezada por el PRI-PVEM gano con 3 millones, no habiendo correlatividad, ni seriedad en la cifra, es decir, no concatenaba lo argumentado ni lo plasmado,lo importante no es argumentar, sino lo  que se puede acreditar,no se pudo esconder de la rigidez y observancia de la ley y el derecho, me refiero a las actas “levantadas” por  el Lic. Sergio Navarrete Mardueño, Notario Público número 128, irregularidades detectadas por el Dr. Flavio Galván Rivera, Magistrado del TEPJF, “algunas actas carecen de solidez, son vagas, carecen de datos precisos, incurren en contradicciones del lugar y no acreditan la identidad de los declarantes”, el proyecto de sentencia fue elaborado por los señores Magistrados Flavio Galván Rivera, Constancio Carrasco Daza y Salvador Nava Olimpo, el criterio central: NO SE ACREDITÓ VIOLACIÓN GENERALIZADA A PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES COMO LA LIBERTAD DE SUFRAGIO Y EQUIDAD EN LOS PROCESOS ELECTORALES…retomando el proyecto el resto del pleno, cada Magistrado emitió su criterio y razonamiento calificando de improcedentes las pruebas y argumentos de la Coalición de Izquierda declarando y votando de forma unánimedeclarar  infundados todos los agravios planteados por la Coalición Movimiento Progresista para solicitar la invalidez de los comicios presidenciales.
La democracia en México avanza, aún se encuentra en una etapa de evolución progresiva y que se robustece con cada proceso electoral calificado, donde se impone la fuerza del derecho y no el derecho de la fuerza, México y la democracia no pueden crecer solos, necesita de todos y cada uno de nosotros para poder latir y avanzar con fuerza de manera firme, solida y determinante, en lo particular como ciudadano el proceso quedo atrás el 1 de Julio, ya que independientemente de los resultados y de quien resultara victorioso en la contienda pasada, así mismo de los argumentos de los señores Magistrados, vemos que van mas allá del derecho y sus corrientes epistemológicas, ya que es evidente que se privilegió lo más importante sobre cualquier agravio, defensa y menester político, me refiero al irrestricto respeto universal del VOTO, el voto se traduce de lo particular a lo general, estos trascienden en cifras, que se van acumulando   en las personas en las que depositamos másque un papel marcado, mas que una boleta, donde va enmarcada nuestra confianza, nuestra fe y esperanza, y eso se debe de privilegiar y respetar por sobre cualquier interés de individual o de grupo se encuentra lo colectivo-general que formamos y que somos parte los millones de ciudadanos que impulsamos a este bello país, la voluntad del pueblo se debe de respetar, esa es una regla de oro no escrita y en donde el TEPJF fallo a favor de la voluntad popular y no a capricho de algunos.

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