miércoles, 23 de octubre de 2019

Sancionar a servidores públicos que subejerzan presupuesto: Diputada

Chilpancingo, Gro., a 22 de octubre del 2019.- Con el objetivo de sancionar a los servidores públicos que por omisión incurran en incumplimiento de las metas anuales que señala el Presupuesto de Egresos, la diputada Mariana García Guillén propuso reformas a la Ley de Presupuesto y Disciplina Fiscal del Estado de Guerrero.
En la iniciativa, la legisladora de Morena expone que en las últimas administraciones de los tres niveles de gobierno ha sido una práctica reiterada de los funcionarios encargados de ejercer el presupuesto, realizar la ministración de recursos con retraso o modalidades que dificultan su debida aplicación. Señaló que esta situación impacta de manera negativa en la política social, ya que se deja de gastar en tiempo y forma lo autorizado en el Presupuesto de Egresos para determinado ejercicio fiscal, lo que afecta negativamente a la población, en especial a los sectores más vulnerables. Añadió que la generación de subejercicios presupuestarios viola los principios en que se sustenta la obligación del Estado de garantizar el desarrollo estatal de manera integral y sustentable, y afecta gravemente la competitividad, el fomento del crecimiento económico, la promoción de inversión, la generación de empleos y, sobre todo, la justa distribución del ingreso y la riqueza, poniendo en riesgo la estabilidad de las finanzas públicas y generando condiciones desfavorables para el crecimiento económico. Por ello propone sancionar a los servidores públicos que incurran en cualquier acto u omisión que traiga como consecuencia subejercicios por incumplimiento de los objetivos y metas anuales en el Presupuesto de Egresos, y que realicen acciones u omisiones que impidan el ejercicio eficiente, eficaz y oportuno de los recursos y el logro de los objetivos y metas anuales de las dependencias, unidades responsables y programas. Además, a los que no cumplan con las disposiciones generales en materia de programación, presupuestación, ejercicio, control y evaluación del gasto público estatal establecidas en esta Ley, así como en el Presupuesto de Egresos del estado, y todo aquel acto que cause daño o perjuicio a la hacienda estatal y municipal, incluyendo los recursos del patrimonio de cualquier ente autónomo o entidad.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario