Fueron provocados incendios forestales en Chilpancingo

Chilpancingo, Gro.- El Ayuntamiento capitalino informó que autoridades de los tres niveles de gobierno iniciaron una investigación por la presunta provocación de incendios forestales en los predios La Hierbabuena y La Ciénega, al noroeste de la ciudad.

En un documento que el Ayuntamiento compartió en su página oficial de facebook, el Grupo Directivo del Comité Estatal Contra Incendios Forestales (GDCECIF) recordó que el pasado lunes 26 de abril se atendió el reporte de dos siniestros que se presentaron en esa zona de Chilpancingo.

Dijo que hasta ayer, personal de la Secretaría de la Defensa Nacional, Comisión Nacional Forestal, Secretaría de Protección Civil estatal y municipal y elementos del Cuerpo de Bomberos, realizaban trabajos de sofocación.

Al momento de realizar dichas labores, señaló GDCECIF, vecinos, quienes pidieron guardar su identidad en el anonimato, manifestaron que los incendios forestales fueron provocados, presuntamente, de forma premeditada por personas que presumiblemente pretenden utilizarlos para convertirlos en zonas habitables.

Ante ello, este Grupo Directivo del Comité Estatal Contra Incendios Forestales solicitará a las Procuradurías Federal de Protección al Ambiente y a la Procuraduría de Protección Ambiental del Estado, las acciones necesarias para deslindar responsabilidades, anunció.

Esta autoridad recordó que el artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable indica que no se podrá otorgar autorización de cambio de uso de suelo en un terreno incendiado sin que hayan pasado 20 años.

Además, agregó, el artículo 125 de la misma ley establece que los propietarios, poseedores y usufructuarios de terrenos de uso forestal están obligados a llevar a cabo, en caso de incendio, la restauración de la superficie afectada en el plazo máximo de dos años.

Finalmente, señaló que dicha ley, específicamente en su artículo 163 fracción XXI, indica que provocar intencionalmente o por imprudencia, incendios en terrenos forestales o preferentemente forestales, se establecen sanciones administrativas o multas que ascienden hasta los 2 millones 834 mil pesos.

Pero también, el Código Penal Federal en su artículo 420 Bis, lo clasifica como un delito y específica que se impondrá una «pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa» por provocar un siniestro de este tipo, y se aplicará una pena adicional hasta de dos años de prisión y hasta mil días de multa adicionales, cuando se realice la conducta para obtener un lucro o beneficio económico.

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