En los autos del expediente número 522/2022-II, relativo a las diligencias de Jurisdiccion Voluntaria, promovido por Medardo Navarrete Cadena, La Maestra Ma. Elena Montalvo Saldívar, Juez Segundo de Primera Instancia en las Materias Civil, de Oralidad y de lo Familiar del Distrito Judicial de Azueta, un auto que a la letra dice:
EXTRACTO DE DEMANDA
MEDARDO NAVARRETE CADENA, por mi propio derecho y en pleno uso de mis facultades físicas, mentales y legales, ante usted con el debido respeto me dirijo para manifestarle:
DESIGNACION DE DOMICILIO. - Designo como domicilio convencional única y exclusivamente en lo que corresponde a este procedimiento el ubicado en Calle Esmeralda número 13, Colonia Centro de esta Ciudad.
AUTORIZADOS Y ABOGADO PATRONO.- En términos de lo que disponen los artículos 94 y 95 del Código Procesal Civil en vigor, designo como abogados patronos a los licenciados LUIS ALBERTO FLORES DIRCIO, ZAIRA ITZEL GUTIERREZ BORJA, IRVING JESUS FAJARDO RAMIREZ y ALVARO GUTIERREZ NOVERON, para que actúen en forma conjunta e indistintamente, con las facultades más amplias de patrocinio que les otorga el Código Procesal Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero, para formalizar promociones, desahogar vistas, interponer recursos y medios de impugnación, ofrecer pruebas, comparecer a audiencias y en fin todo lo necesario hasta el desahogo de este proceso.
En términos del artículo 150 del mismo ordenamiento procesal en cita, se autoriza a los CC. ENRIQUE VIÑAS PARTIDAS y LUIS ALBERTO SUASTEGUI LEYVA, para que se impongan de las actuaciones de este procedimiento, oigan y reciban cualquier notificación, oficio o citatorio a nombre del suscrito.
ACCION.- En términos de lo que dispone el artículo 778 Fracción II del Código Procesal Civil en el Estado Libre y Soberano de Guerrero, vengo a promover en vía de jurisdicción voluntaria INFORMACION AD PERPETUAM, con el fin de justificar la posesión que tengo sobre una parcela o predio rustico ubicado dentro del excedente del área ejidal, identificada como “Laguna Santiago o Estero Valentín”, la cual he mantenido en posesión por más de 60 años, a efecto de acreditar el dominio pleno de dicho inmueble, el cual cuenta con las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: 200.00 metros y colinda con Laguna Santiago o Estero Valentín.
AL SUR: 200.00 metros y colinda con Terreno Federal Marítimo Terrestre.
AL ESTE: 30.00 metros y colinda con Terreno Federal ocupado por Heladio Romero.
AL OESTE: 30.00 metros y colinda con Terreno Federal ocupado por Manuel Camacho.
Para los efectos de procedencia, doy cabal cumplimi8ento a los requisitos y exigencias que establece como reglas el articulo 778 en su Fracción II del mismo ordenamiento procesal en cita y al efecto manifiesto:
A).- Certificación de que el inmueble que se pretende inmatricular no se encuentra inscrito.- Anexo al cuerpo de esta solicitud la constancia número 16/2012 de fecha 13 de octubre del año 2022, expedida por la licenciada TANIA SANCHEZ SALGADO, Delegada Regional en Zihuatanejo del Registro Público de la Propiedad yd el Comercio del Estado de Guerrero en la que hace constar:
“HACE CONSTAR: Que hecha una búsqueda en los libros índices y en el Sistema Informático del Registro Público de la Propiedad de esta delegación, en el Distrito Judicial de Azueta no se encontró registrado bien inmueble alguno a nombre de: MEDARDO NAVARRETE CADENA”
B).- Tendrá que rendirse prueba pericial para determinar la superficie, medidas y colindancias y no conformarse con un croquis o bosquejo de la información sin responsabilidad de firma profesional.- Se designa como perito en materia de Topografía, Ubicación en sus medidas y colindancias respecto al bien inmueble objeto de estas diligencias, al arquitecto ABELARDO FIERRO ABARCA, con domicilio en Calle Cuauhtémoc sin número del Poblado de Coacoyul, Municipio de Zihuatanejo de Azueta, Guerrero, quien cuenta con cedula profesional número 1688129, expedida por la Dirección de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública, quien comparecerá a aceptar y protestar el cargo conferido y dictamine:
1.- La ubicación, medidas y colindancias del bien objeto de estas diligencias.
2.- Tome fotografías y formalice el levantamiento topográfico de dicho inmueble.
3.- Presente el plano o croquis con coordenadas exactas de dicho inmueble y haga las apreciaciones y observaciones que identifiquen el mismo.
C).- Ordenar se publique un extracto de solicitud en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en dos diarios de mayor circulación en el lugar, o bien, en el caso de que no haya este medio informativo, en dos diarios de Acapulco o Chilpancingo según el caso.- Solicito que en el auto de radicación se ordenen los oficios para el Director del Periódico Oficial del Gobierno del Estado y para el Director del Periódico El Despertar en Calle Gema número 19, Colonia Centro de esta ciudad y en virtud de ser el único periódico en circulación en esta ciudad, por lo que solicito que también se gire oficio al Periódico El Sur de Acapulco, con domicilio en Avenida Costera Miguel Alemán número 702, Fraccionamiento Magallanes, de la ciudad y puerto de Acapulco, Guerrero.
Lo anterior para los efectos de que se le haga llegar un extracto de la solicitud y sean publicados en dichos medios.
D).- Notificar la existencia del procedimiento al Secretario General de Gobierno, al Procurador General de Justicia, al Director del Registro Público de la Propiedad y a los colindantes.- Se ordene girar los oficios correspondientes al Secretario General de Gobierno del Estado con domicilio en Boulevard René Juárez Cisneros, número 82, Colonia, Ciudad de los Servicios, Chilpancingo, Guerrero, al Procurador General de Justicia del Estado con domicilio en Boulevard Rene Juárez Cisneros sin número, Colonia El Potrerito, Chilpancingo, Guerrero y al Director del Registro Público de la Propiedad con domicilio en Avenida Heroico Colegio Militar sin número, Colonia Centro
Asimismo, se le haga saber al Director de la Comisión Nacional de Agua (CONAGUA) con domicilio en Calle Ruffo Figueroa Numero 2, de la Colonia Burócratas, en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero por ser colindante, en el lado Norte.
Al Director de Zona Federal Marítimo Terrestre, a través de la Subdirección o Subdelegación en esta ciudad, con domicilio Avenida Paseo de Zihuatanejo Poniente número 21, Colonia La Deportiva, por ser colindante en el lado Sur.
Al señor HELADIO ROMERO, con domicilio en calle sin número de la Colonia El Olivo, de la ciudad de Petatlán, Guerrero, por ser colindante en el lado ESTE.
Al señor MANUEL CAMACHO con domicilio en Juárez Norte sin número, Colonia Las Mesas, por ser colindante en el lado Oeste.
E).- Abrir una dilación probatoria de treinta días hábiles para acreditar debidamente la posesión del bien inmueble.- Abra a prueba en el mismo auto de radicación las presentes diligencias para efecto de desahogar probanzas.
F).- Es requisito esencial demostrar el pago del impuesto predial respectivo, por lo menos de cinco años atrás y dentro de este periodo tres años consecutivos.- Se hará llegar el pago del impuesto predial correspondiente, dentro de la etapa de desahogo de pruebas.
G).- La testimonial de tres vecinos del lugar, debidamente identificados como tales por el municipio, a fin de acreditar que el peticionario ha poseído el inmueble por más de cinco año, de buena fe, o diez de mala fe.- Se ofrece la testimonial con cargo a los señores VINICIO NAVARRETE PONCE, JOEL GUTIERREZ LOPEZ y MANUEL SALVADOR TORREBLANCA NAVARRETE, quienes tienen sus domicilios el primero en la Calle Bugambilia sin número de la Colonia Benito Juárez, el segundo en Calle Montes de Oca Sur, numero 72, Colonia Barrio de la Hoja y el tercero en Calle Mina, sin número, Colonia Centro, todos del poblado de Petatlan, Guerrero, personas que me comprometo a presentar el día y hora que para tal efecto se lleve el desahogo de esta probanza.
ATENTAMENTE:
Juez Segundo de Primera Instancia
en materias Civil, Familiar y de Oralidad
Mercantil del Distrito Judicial de Azueta.
Mtra. Ma. Elena Montalvo Saldívar.
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