Propone diputado Calixto reformas a Ley Orgánica del Municipio Libre

Chilpancingo de los Bravo, Gro.- De aprobarse las reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, se establecería que los ayuntamientos no podrán, en ningún caso y bajo ningún título, afectar los bienes muebles o inmuebles de su propiedad, excepto cuando se trate de la realización de obras en beneficio colectivo, y será con la autorización de las dos terceras partes de sus integrantes.
En la iniciativa de reforma al artículo 26 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, que propuso el diputado José Natividad Calixto Díaz (PANAL), se plantea también adicionar un párrafo para establecer que cuando se afecten los bienes del municipio se informe a la Auditoría General del Estado (AEG) para que verifique el expediente técnico de la operación y certifique que no existe daño o perjuicio al patrimonio municipal.
En la exposición de motivos el legislador explica que en los años 1997 y 1999 el Congreso de la Unión aprobó modificaciones a la Constitución Política para fortalecer al municipio libre (o la autonomía municipal) y superar aquellos obstáculos que la propia Carta Magna había dejado vigentes en la reforma de1983.
En el dictamen que emitió el Congreso de la Unión destaca que con la consolidación del Municipio se logrará el impulso al desarrollo regional y urbano en concordancia con los objetivos del crecimiento económico, asimismo se fortalece el ámbito de competencia municipal y las facultades de su órgano de gobierno.
Sin embargo, el diputado Natividad Calixto, menciona que en el marco constitucional del Estado de Guerrero no se ha actualizado del todo las referencias constitucionales federales que permitan sincronizar los alcances de la reforma constitucional de 1999, “dotando de una verdadera autonomía al Municipio”.
Añade que hoy en día existe “en nuestro marco normativo una reminiscencia injerencista por parte de este Poder Legislativo que limitan el espíritu de la aludida reforma constitucional y los fines perseguidos”. En la Constitución se establece que los ayuntamientos no podrán enajenar, donar o permutar bienes inmuebles de su propiedad sin autorización previa del Congreso del Estado.
Por ello, el diputado Calixto Díaz considera que se deben hacer las reformas y adiciones correspondientes a la Ley orgánica del Municipio libre para armonizarlo con el artículo 115 de la constitución y con el correlativo de 103 de la constitución estatal que ya prevén esta reforma.
Por otra parte, cabe señalar que la iniciativa de reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Municipio Libre se analiza al interior de la Comisión de Hacienda. En breve se canalizará al Pleno para su discusión y aprobación, en su caso.

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