Pierde segundo juicio Albert Vázquez Rosas

El ex-director del Fideicomiso Bahía de Zihuatanejo (Fibazi), Albert Vázquez Rosas, sufrió otro revés al perder juicio por segunda ocasión en contra del periodista Francisco Valencia Torres, toda vez que la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado, ratificó la sentencia definitiva dictada por el licenciado Saúl Torres Marino, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Azueta, condenando al ex-funcionario estatal al pago de las costas causadas en ambas instancias.
Lo anterior fue dado a conocer por la licenciada postulante Isabel Cristina Valverde Meza, representante del demandado, quien dijo que Albert Vázquez Rosas demandó al colaborador del ‘‘Diario de Zihuatanejo’’, por supuesto ‘‘daño moral’’, debido a que el reportero señaló en repetidas ocasiones y con pruebas contundentes, los errores cometidos por Vázquez Rosas durante su gestión como director y administrador del FIBAZI, lo que ocasionó el enojo de éste último, motivo por el cual después de varias amenazas que no prosperaron, haciendo gala de prepotencia y arrogancia optó por interponer una demanda ante el Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Azueta, misma que después de 19 meses de audiencias y desahogos de pruebas, el Juez Saúl Torres Marino dictó sentencia favorable al demandado.
Hizo notar la litigante, que inconforme con la sentencia Albert Vázquez Rosas interpuso recurso de apelación, el cual se le admitió ordenando el juez remitir los autos originales al Tribunal de Alzada para substanciar dicho recurso; asimismo, la Presidencia de la Primera Sala Civil, los recibió confirmando la calificación del grado hecha por el inferior al admitir el recurso y una vez substanciada esta segunda instancia, se citó a las partes para oír resolución, ordenándose turnar los autos al Magistrado ponente que correspondiera, tocándole el turno al Magistrado Alberto López Celis.
Asimismo anunció la profesionista que los agravios expuestos por Albert Vázquez Rosas, a criterio de los magistrados integrantes de la Primera Sala Civil, se consideran infundados y por lo tanto insuficientes para modificar o revocar la sentencia definitiva, toda vez que la demanda fue presentada antes de las reformas, y que antes de ellas nuestra legislación no contenía norma jurídica que sancionara a la persona que ofendiera el honor, ataque a la vida privada o la imagen propia por los medios informativos y que esos supuestos fueron regulados hasta la reforma publicada el 30 de noviembre del año dos mil siete, y por lo tanto, su aplicación en forma retroactiva resulta improcedente.
Por lo que con base en las anteriores consideraciones, se llega a la firme convicción de confirmar la sentencia definitiva que se combate, y al hacerlo, se surte el supuesto previsto en el artículo 110 del Código Procesal Civil, es decir, que en contra del actor aquí apelante, han recaído dos sentencias adversas conformes, por lo que se hace acreedor al pago de las dos costas en ambas instancias, dijo.
Sostuvo la entrevistada que así lo resolvieron por unanimidad de votos los Magistrados que integran la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado, licenciados Rafael Fernando Sadot Ávila Polanco, Julio Lorenzo Jáuregui García y Alberto López Celis, fungiendo como presidente el primero de los nombrados y siendo ponente en el presente asunto el último de los citados Magistrados ante el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fé, licenciado Martiniano Munívez Ramírez, apuntó.
Finalmente, Cristina Valverde reveló que cualquier persona que ostente un cargo público y que practique el hostigamiento, la intimidación y haga uso de la represión con la intención de beneficiarse personalmente, tarde o temprano pagará las consecuencias de su mal proceder, por lo que Albert Vázquez Rosas ya no puede andar por ahí agrediendo a cuanta persona se le atraviese en su camino, y mucho menos si ofende con todos los agravantes de la ley, como son la premeditación, alevosía, ventaja y mala fé, motivo por el cual ahora tiene que afrontar las consecuencias de sus actos, concluyó.

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