EDICTO.

En los autos del expediente civil numero 37/2011-1, relativo Ordinario Civil, promovido por Alejandro Santos Galeana, en contra del notario público número cuatro del Distrito Judicial de Azueta y del Patrimonio Inmueble Federal, Licenciado Martin Medina Reyes, Dirección General de Archivo de Notarias del Estado de Guerrero, Nacional Financiera S.N.C,. Institución de Banca de Desarrollo Fiduciaria en el Fideicomiso Bahía de Zihuatanejo, Francisco García Cruz, Francisco Gómez Olea, Registro Público de la Propiedad y del comercio y crédito agrícola Delegación de Zihuatanejo y Dirección de Catastro Municipal de José Azueta. El juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil y Familiar del Distrito Judicial de Azueta, dictado un auto y una sentencia definitiva que en sus puntos resolutivos dicen.

ZIHUATANEJO DE AZUETA, GUERRERO A QUINCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS.
En atención a lo que solicita JESUS VICTOR HUGO REYES CHAVARRIA, mediante el ocurso de cuenta, gírese oficio al periódico “el Despertar de la Costa”, a efecto de que notifiquen los puntos resolutivos de la sentencia definitiva al codemandado Francisco García Cruz, quien tiene un termino de treinta días hábiles para impugnar la resolución definitiva, lo anterior con fundamento en el precepto legal 257 fracción V, del normativo invocado.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE. Al calce de dos firmas ilegibles. Rubricas.
Sentencia definitiva. Zihuatanejo de Azueta, Guerrero, a veintinueve de febrero del dos mil dieciséis.
RESUELVE
PRIMERO.- Este Juzgado es competente para conocer y resolver el presente asunto en materias civil y es correcta la vía elegida.
SEGUNDO.- Por las razones expuestas en la consideración anterior, se declara procedente la acción principal promovida por Alejandro Santos Galeana, en contra de Francisco García Cruz, Francisco Gómez Olea, Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito,. Institución de banca de desarrollo, como Fiduciaria del Gobierno del Estado, en el Fideicomiso Bahía de Zihuatanejo, (FIBAZI) Notario Público Número Cuatro de este Distrito Notarial, Archivo General de Notarias, Delegación del Registro Público y del Estado y Dirección de Catastro Municipal de este Municipio de Zihuatanejo, Guerrero.
TERCERO.- Se condena al Notario Público Número Cuatro de este distrito notarial y archivo general de notarias a la cancelación de las escrituras públicas numero 7,092 (Siete mil noventa y dos), de fecha diecinueve de enero de dos mil diez, Celebrada por Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, como Fiduciaria  de Gobierno del Estado, en el Fideicomiso Bahía de Zihuatanejo (Fibazi), como vendedor y Francisco Gómez Olea como comprador, que constan en el volumen vigésimo séptimo tomo segundo del protocolo a cargo del primero.
CUARTO.- De igual forma, ante la nulidad de la escritura pública descrita en el resolutivo que antecede, con fundamento en el artículo 2904 fracción III del Código Civil del Estado, se condena la Delegación del Registro Público de la Propiedad y Archivo General de notarias con sede en esta ciudad y Chilpancingo, Guerrero, respectivamente, a la cancelación del folio registral electrónico número 230805 del distrito Judicial de Azueta, de fecha cinco de febrero de dos mil diez, instituido a favor de Francisco Gómez Olea, relativo al lote de terreno numero 42, manzana 01, de la colonia Cuauhtémoc, de esta ciudad de Zihuatanejo, Guerrero, con una superficie de 151.64 metros cuadrados.
QUINTO.- A la vez, también se condena a la dirección de catastro municipal de este municipio, a la cancelación de la cuenta registral numero 4001-002-116-005-000/20559 a nombre del demandado Francisco Gómez Olea y se ordena la restitución de esa cuenta a nombre de Alejandro Santos Galeana y que ampara la propiedad del lote numero 42, manzana 01, súper manzana XIV-A de la colonia Cuauhtémoc, de esta ciudad de Zihuatanejo, Guerrero, con una superficie de 151.64 metros cuadrados.
SEXTO.- de conformidad con los artículos 102 y 104 del Código Procesal Civil, se condena a los codemandados Francisco García Cruz, Francisco Gómez y Nacional Financiera, Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, como Fiduciaria  de Gobierno del Estado, en el Fideicomiso Bahía de Zihuatanejo (Fibazi), al pago de gastos, costas y daños y perjuicios a favor del actor Alejandro Santos Galeana.
SEPTIMO.- Al resto de los codemandados notario público número cuatro, de este distrito notarial, archivo general de notarias, delegación del registro púbico de la propiedad del estado y dirección de catastro municipal de este municipio de Zihuatanejo, Guerrero, se les absuelve del pago de gastos y costas y daños y perjuicios, dado que no se acredito su participación directa o voluntaria a fin de elaboro beneficiarse de los indicados contratos anulados.
OCTAVO.- Una vez que la presente cause ejecutoriada, gírense los comunicados correspondientes para los efectos precisados en los resolutivos supra.
NOVENO.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LAS PARTES Y POR EDICTO AL EMPLAZADO POR ESTE MEDIO Y CUMPLASE. Al calce dos firmas ilegibles. Rubricas.
Zihuatanejo, Gro., septiembre 12 del 2016.
Actuaria del Juzgado Segundo de Primera Inst. En las materias civil y familiar del Dto. Juz. De Azueta.
Lic. Nidia paloma galeana Ortiz.

2 comentarios:

  1. justicia pronta y expedita, solo 5 años duro el litigio

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  2. VALE VERGA::: YO ESTOY IGUAL, SOLO QUE A MI ME CHINGO ALEJANDRO BRAVO, VOY A TENER QUE ESPERAR 70 AÑOS SI BIEN ME VA.. PUTO DE MIERDA..... CORRIJO RAAAATA DE MIERDA.

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